Tema 07 · Permiso B

Documentación del conductor y del vehículo

Aprende qué documentos habilitan al conductor y al vehículo, cuándo caducan y cómo actuar ante una pérdida, una ITV o un cambio de titular. Incluye permiso B, permiso de circulación, tarjeta ITV, seguro y sistema por puntos.

  • 10años

    vigencia del permiso B hasta los 65

  • 4años

    primera ITV de un turismo particular

  • 12

    puntos iniciales

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MÉTODO

Primero separa conductor, vehículo y cobertura

  1. ¿Quién conduce?Comprueba que la persona tiene el permiso o la licencia adecuados y que siguen vigentes.
  2. ¿Qué vehículo circula?Comprueba permiso de circulación, tarjeta ITV, matrícula y resultado de la inspección técnica.
  3. ¿Está cubierto?Comprueba que existe seguro obligatorio en vigor; los agentes consultan primero el fichero oficial.
  4. ¿Ha cambiado algo?Caducidad, pérdida de puntos, cambio de titular, reforma del vehículo o extravío pueden obligar a renovar, anotar o pedir duplicado.
Memoria

C-V-S-C: Conductor, Vehículo, Seguro, Cambios. Ese orden evita mezclar el permiso de conducir con el permiso de circulación.

Base legal: Reglamento General de Conductores (RD 818/2009) 1-3 y 12 · Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) 26 · Reglamento del seguro obligatorio (RD 1507/2008) 14

CONDUCTOR

Permiso B: vigencia, prórroga y pérdida

  • 10años

    vigencia ordinaria antes de los 65

  • 5años

    vigencia ordinaria desde los 65

  • 0

    autorización para conducir con el permiso caducado

  • Vigencia temporal

    Caducado

    El permiso sigue identificando a su titular, pero ya no autoriza a conducir. Debe solicitarse la prórroga y mantener los requisitos psicofísicos.

  • Vigencia administrativa

    Sin puntos

    La vigencia también depende de no haber perdido todo el crédito de puntos. La pérdida total se declara mediante el procedimiento previsto.

  • Documento físico

    Extravío o deterioro

    No se obtiene un permiso nuevo desde cero: se solicita un duplicado o sustitución del documento.

  • «El permiso B dura siempre diez años.»

    Desde los 65 años su vigencia ordinaria es de cinco años y puede reducirse por razones médicas.

  • «Si ha caducado hace poco, todavía permite conducir.»

    Una vez vencida su vigencia, no autoriza a conducir.

Base legal: Reglamento General de Conductores (RD 818/2009) 12-13 y 17 · Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) 61 y 70-71

VEHÍCULO

Permiso de circulación y tarjeta ITV no son lo mismo

  • Permiso de circulación

    Qué acredita
    Autoriza la circulación e identifica los datos registrales del vehículo.
    Cuándo cambia
    Se renueva cuando cambia la titularidad registral; se extingue con la baja.
  • Tarjeta ITV

    Qué acredita
    Documenta las características técnicas, reformas autorizadas e inspecciones del vehículo.
    Cuándo cambia
    Se actualiza con reformas e inspecciones según la normativa técnica.
  • Matrícula

    Qué acredita
    Individualiza al vehículo mediante los caracteres asignados.
    Cuándo cambia
    La matriculación ordinaria es única, salvo excepciones legales.

El permiso de circulación pertenece al vehículo; no sustituye al permiso de conducir de la persona.

Clave

El conductor debe llevar el permiso de circulación del vehículo y exhibirlo a los agentes cuando se lo requieran.

  1. Caso 01

    Compra de un vehículo usado

    Cambia la titularidad registral.

    Debe renovarse el permiso de circulación para reflejar al nuevo titular.

  2. Caso 02

    Instalación de una reforma autorizada

    Cambian características técnicas esenciales.

    La reforma debe constar en la tarjeta ITV conforme al procedimiento aplicable.

Base legal: Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) 26 y 29-30 · Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) 66-68

INSPECCIÓN TÉCNICA

ITV del turismo particular: 4, 2, 1

  • Hasta 4 años

    Frecuencia
    Exento
  • Más de 4 y hasta 10 años

    Frecuencia
    Bienal
  • Más de 10 años

    Frecuencia
    Anual

La antigüedad se cuenta desde la primera matriculación o puesta en servicio. Estas frecuencias no cubren taxis, ambulancias, autoescuelas ni transporte escolar.

  • Favorable

    El vehículo puede seguir circulando hasta la siguiente fecha de inspección.

  • Desfavorable

    Solo puede desplazarse para reparar los defectos y regresar a una estación ITV para nueva inspección.

  • Negativa

    El vehículo debe trasladarse por medios ajenos al propio vehículo.

Memoria

Turismo particular: 4-2-1. Hasta cuatro años, exento; después, cada dos años; al superar diez, cada año.

Base legal: Real Decreto 920/2017, de ITV 6 y 9-10 · Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) 10.3 y 67.2

COBERTURA

El seguro se comprueba en el fichero, no en tu guantera

  1. ObligaciónEl propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España debe mantener un seguro obligatorio por cada vehículo.
  2. ComprobaciónLos agentes consultan la vigencia en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.
  3. Si la consulta fallaLa vigencia puede acreditarse con el justificante de pago del periodo en curso si contiene aseguradora, vehículo, periodo y cobertura obligatoria.
  • «No llevar el recibo significa automáticamente circular sin seguro.»

    La existencia del seguro se comprueba primero en el fichero oficial; el justificante sirve si esa consulta no permite acreditarlo.

  • «Un vehículo que no se usa nunca puede quedar sin asegurar sin más.»

    La obligación se vincula al vehículo con estacionamiento habitual en España; las excepciones deben estar previstas legalmente.

Base legal: Ley sobre responsabilidad civil y seguro (RDL 8/2004) 2-3 · Reglamento del seguro obligatorio (RD 1507/2008) 14

RESPONSABILIDAD

Ser titular, conductor habitual y conductor no es lo mismo

  • Titular

    Debe identificar al conductor cuando la Administración lo requiera e impedir que conduzca quien nunca obtuvo el permiso correspondiente.

  • Conductor habitual comunicado

    Cuando consta en el Registro de Vehículos, asume las obligaciones de identificación que la ley traslada desde el titular.

  • Conductor

    Necesita la autorización adecuada y responde de su propia conducta durante la circulación.

  • 12

    puntos iniciales ordinarios

  • 8

    puntos iniciales con menos de tres años de antigüedad

  • 15

    máximo alcanzable con bonificaciones

Trampa

El crédito de puntos es único para todas las autorizaciones del conductor. No existe una bolsa distinta para cada clase de permiso.

Base legal: Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) 10-11 y 63-65 · Reglamento General de Conductores (RD 818/2009) 35-38

EN EL VEHÍCULO

V-16, chaleco y solución para una rueda

  • Dispositivo V-16

    Regla
    Es obligatorio en el texto vigente del anexo XII; no es una novedad de octubre de 2026.
  • Chaleco reflectante

    Regla
    El turismo debe llevar uno de alta visibilidad con los requisitos reglamentarios.
  • Rueda o sistema alternativo

    Regla
    Debe llevar rueda de repuesto o temporal con herramientas, o un sistema alternativo que permita la movilidad, respetando sus limitaciones.
  • «La V-16 empezará a ser obligatoria el 1 de octubre de 2026.»

    Ya figura como dotación obligatoria del turismo en el anexo XII vigente.

  • «Todos los vehículos deben llevar exactamente una rueda de repuesto convencional.»

    La norma admite una rueda temporal o un sistema alternativo con garantías de movilidad.

Cambia el 1-10-2026

Desde el 1 de octubre de 2026, las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad. Ese es el cambio futuro del anexo XII; la V-16 ya está en la redacción vigente.

Vigente desde el 1 de octubre de 2026

Se añade al anexo XII la obligación de que las motocicletas lleven un chaleco reflectante de alta visibilidad. No cambia la obligación vigente de llevar V-16 en los vehículos a los que ya se aplica.

Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) anexo XII.3, redacción en vigor desde el 1-10-2026 (BOE-A-2026-13889)

Lo anterior es la redacción que estuvo vigente hasta esa fecha. Estudia esta.

Base legal: Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) 19 y anexo XII.1

Comprueba el método

Test explicado · 18 preguntas

  1. 01¿Puede conducir con un permiso B cuya fecha de vigencia ya ha vencido?

    No.

    El permiso caducado no autoriza a conducir, aunque la caducidad sea reciente. Debe solicitar la prórroga y cumplir los requisitos exigidos.

    Repasar el apartado
  2. 02Una persona de 67 años renueva su permiso B. ¿Cuál es su vigencia ordinaria máxima?

    Cinco años.

    Para las clases no profesionales, incluida B, la vigencia ordinaria pasa de diez a cinco años desde los 65; puede ser menor por razones médicas.

    Repasar el apartado
  3. 03Si pierde físicamente el permiso de conducir, ¿debe volver a examinarse?

    No.

    La pérdida física del documento se resuelve mediante duplicado o sustitución. Es distinta de la pérdida de vigencia de la autorización.

    Repasar el apartado
  4. 04¿Qué documento acredita las características técnicas y las reformas autorizadas del vehículo?

    La tarjeta ITV.

    El permiso de circulación recoge la autorización y datos registrales; la tarjeta ITV documenta características técnicas, reformas e inspecciones.

    Repasar el apartado
  5. 05Al vender un vehículo y cambiar su titular registral, ¿debe renovarse el permiso de circulación?

    Sí.

    La LSV exige renovar el permiso de circulación cuando varía la titularidad registral del vehículo.

    Repasar el apartado
  6. 06¿Puede circular un vehículo cuyo permiso de circulación ha sido dado de baja?

    No.

    El permiso de circulación se extingue con la baja en el registro y se prohíbe la circulación de vehículos que no estén dotados de él.

    Repasar el apartado
  7. 07Un turismo particular cumple cuatro años desde su primera matriculación. ¿Qué inspección periódica le corresponde?

    La primera ITV.

    Los turismos M1 particulares están exentos hasta cuatro años; después pasan ITV cada dos años hasta superar los diez.

    Repasar el apartado
  8. 08Un turismo particular tiene once años. ¿Cada cuánto debe pasar la ITV?

    Cada año.

    Los turismos M1 de más de diez años tienen inspección periódica anual.

    Repasar el apartado
  9. 09Si la ITV resulta negativa, ¿puede llevar el vehículo al taller circulando por sus propios medios?

    No.

    Con resultado negativo, el traslado debe hacerse por medios ajenos al propio vehículo.

    Repasar el apartado
  10. 10Si la ITV resulta desfavorable, ¿puede usar el vehículo para desplazamientos normales?

    No.

    Solo puede desplazarse para reparar los defectos y volver a una estación ITV para nueva inspección.

    Repasar el apartado
  11. 11¿Cómo comprueban normalmente los agentes que el seguro obligatorio está vigente?

    Consultando el fichero oficial de vehículos asegurados.

    El justificante de pago se usa para acreditar la vigencia cuando la consulta al fichero no permite constatarla.

    Repasar el apartado
  12. 12Si el agente no puede consultar el fichero de vehículos asegurados, ¿qué justificante puede acreditar el seguro?

    El justificante de pago de la prima del periodo en curso.

    Debe identificar aseguradora y vehículo e indicar el periodo y la cobertura del seguro obligatorio.

    Repasar el apartado
  13. 13¿Tiene el conductor una bolsa de puntos distinta para el permiso B y para cada otra clase de permiso?

    No.

    El crédito de puntos es único para todas las autorizaciones administrativas de las que sea titular.

    Repasar el apartado
  14. 14Un conductor acaba de obtener su primer permiso. ¿Con cuántos puntos empieza?

    Con ocho puntos.

    El crédito inicial ordinario es de doce puntos, pero se asignan ocho excepcionalmente a quien tiene una antigüedad no superior a tres años.

    Repasar el apartado
  15. 15¿Puede el titular negarse a identificar al conductor cuando la Administración se lo requiere por una infracción?

    No.

    La LSV obliga al titular a facilitar la identificación del conductor con los datos necesarios.

    Repasar el apartado
  16. 16¿Es la V-16 una obligación que comienza el 1 de octubre de 2026?

    No.

    La V-16 ya figura en el anexo XII vigente como dotación obligatoria de los turismos y otros vehículos comprendidos en él.

    Repasar el apartado
  17. 17¿Qué cambia para las motocicletas el 1 de octubre de 2026 en el anexo XII?

    Deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad.

    La reforma añade esa obligación para las motocicletas; no convierte la V-16 en una novedad de esa fecha.

    Repasar el apartado
  18. 18¿Debe un turismo llevar siempre una rueda de repuesto convencional?

    No.

    Puede llevar rueda completa o temporal con herramientas, o un sistema alternativo que ofrezca garantías de movilidad, respetando sus limitaciones.

    Repasar el apartado

Resumen de bolsillo

  • Separa siempre la autorización del conductor de la documentación del vehículo.
  • Permiso de circulación y tarjeta ITV cumplen funciones distintas y deben poder exhibirse.
  • En un turismo particular, recuerda la ITV 4-2-1: exento hasta cuatro años, bienal hasta diez y anual después.
  • La V-16 ya es obligatoria en el anexo XII vigente; el 1 de octubre de 2026 cambia el chaleco de las motocicletas.

Base legal: Reglamento General de Conductores (RD 818/2009) 1-3, 12-13, 17, 35-38 · Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) 10, 19, 26, 29-30 y anexo XII · Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015) 10-11, 61, 63-68 · Real Decreto 920/2017, de ITV 6, 9-10 y 18 · Ley sobre responsabilidad civil y seguro (RDL 8/2004) 2-3 · Reglamento del seguro obligatorio (RD 1507/2008) 14. Textos consolidados del BOE. Revisado el 20 de septiembre de 2026. Material didáctico: prevalecen la señalización real de la vía y las instrucciones de los agentes.

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